Antonio Mir
Gestor Administrativo
Colegiado
El artículo 22 de la Constitución española reconoce para todos los ciudadanos el derecho de asociación.
Según las actividades y condiciones de la Asociación o Fundación, existen una serie de obligaciones legales que cumplir.
Puede contratarnos para un trámite específico o si lo desea para un servicio de asesoría integral que incluiría:
- Contable y mercantil: No encargamos de la contabilidad, de los libros mercantiles y fiscales obligatorios, así como de la preparación y presentación de las cuentas anuales ante los Organismos que corresponda (AEAT, Patronatos, Ministerios, Arzobispados...).
- Fiscal: Preparamos y presentamos las declaraciones fiscales a las que estén obligados tales como el Impuesto Sociedades, IVA o retenciones, atendemos los requerimientos e Inspecciones que puedan recibir de la AEAT.
- Laboral: Gestionamos las nóminas y los seguros sociales, así como defendemos los derechos de la Asociación o Fundación en caso de reclamaciones o Inspecciones laborales.
Si están pensando en fundar una Asociación o Fundación llámennos para concertar una visita, estudiaremos su caso, y le informaremos de nuestras tarifas.
Si ya disponen de una Asociación o Fundación, podemos aconsejarles y estudiar si es posible reducir su tributación y si están cumpliendo con todas sus obligaciones.
Para el cálculo de la tarifa necesitaremos conocer las condiciones y características de la Asociación o Fundación.